Básicos inmobiliarios que debes conocer: el Impuesto sobre Bienes Inmuebles

En el sector inmobiliario, existen una serie de cuestiones que cualquier ciudadano debe manejar. Se tratan de conceptos que nadie se para a explicarnos y que nos sorprenden cuando nos planteamos comprar, vender o alquilar una vivienda. Por este motivo, consideramos fundamental ir repasando algunos de ellos. Dentro de las cuestiones más importantes, se encuentra el Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

La importancia de este tributo radica en que deberemos pagarlo cada vez que seamos propietarios de un inmueble, ya sea un piso, un garaje, una finca rústica o un local comercial. Debes saber que pagaremos un IBI por cada una de las propiedades que lleven nuestra titularidad y que el abono del mismo se realiza de manera anual.

Además, debes saber que el valor de este impuesto es variable. Este estará fijado por el ayuntamiento de la localidad donde se ubique tu propiedad. De modo que podemos encontrar diferencias nada despreciables en todo el territorio nacional.

Si aún no has tenido que pagarlo y deseas saber aproximadamente el precio a saldar, que sepas que te podemos ofrecer una fórmula de calcularlo. Para ello, deberás tener en cuenta la base imponible, que vendrá determinada por el valor catastral. Este valor está influenciado por aspectos como la antigüedad del inmueble, su localización o el valor del mercado. Calculada dicha cantidad, ahora deberás informarte de cuál es el coeficiente que deberás aplicarle. Generalmente, dicho índice oscila entre el 0,4 % y 1,3% del valor catastral.

Por otro lado, debes saber que hay propiedades que se encuentran exentas de pago. Dichas excepciones están recogidas en la información ofrecida por el ayuntamiento de tu localidad. Un ejemplo que podemos comentarte es el relativo a las propiedades que pertenecen a embajadas.

Por último comentarte que existen reducciones y bonificaciones a las que te puedes acoger. Como están varían de una localidad a otra, lo mejor que puedes hacer es consultar directamente la página web de tu ayuntamiento. En ella aparecerá estos supuestos y la documentación que debes presentar para acogerte a sus beneficios. Así que no lo dudes y míralo ya.